Se acaba de publicar el Marco Macroeconómico Multianual para los próximos años (2026-2029), que es el documento publicado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) que establece proyecciones de las principales variables económicas. En este documento se señala la intención de cambiar el Impuesto a la Renta de Personas Naturales (IRPN), específicamente con 2 objetivos:
- Ampliar la base
- Progresividad
Veamos de qué estamos hablando. IRPN se divide en 2:
- IR rentas de capital (1.ª y 2.ª categorías) que incluyen intereses, dividendos, ganancias de capital, regalías y alquileres de fuente peruana. Sobre estas rentas se aplica un alícuota efectiva plana de 5%. No hay zona de rentas no gravadas, y puede ganar millones al año, y la alícuota es la misma (5%).
- IR rentas de trabajo (4ª y 5ª categorías). Las primeras 7 UITs (S/. 37,450 en 2025) no pagan impuestos (puede ser más con determinados gastos que suben la deducción de 3 UITs más). Luego, esa deducción (y un 20% en el caso de los recibos por honorarios) se suma al monto de las rentas de fuente extranjera y se aplica una tasa progresiva que va del 8% al 30%.
Veamos por dónde van los cambios:
- Ampliar la base. Más del 90% de las personas que están en planilla no pagan IR, debido a la deducción de 7 UITs y a la alta informalidad. Obviamente no pueden regular la “informalidad”, pero se señala que el monto no gravado es mayor que en otros países. En tal sentido, lo más probable es que el objetivo sea reducir esta deducción de 7 UITs. El Ejecutivo (no en la actual administración) ya ha tenido proyectos de ley para reducir las 7 a 4 UITs, sin embargo, dudo mucho que esta iniciativa se logre aprobar en un año electoral, porque sería gravar a las personas de bajos ingresos.
- Aquí previsiblemente se va a hacer 2 ajustes:
- IR rentas de capital. La alícuota de 5% es equivalente a la de un paraíso fiscal, que no soporta un gran análisis. La duda es si se subiría a una renta única de mayor monto (15% por ejemplo) o se sumaría a la renta global (rentas de trabajo y de fuente extranjera) y se aplicaría una escala progresiva.
- La escala más alta de la progresividad (30%), al ser menor que la combinación de la tasa de renta empresarial (29,5%) y la de dividendos (5%, dando una tasa combinada de 33%), previsiblemente se podría crear un tramo adicional que grava las rentas por encima del 30%.
Las medidas relativas a la progresividad, ciertamente, no tienen mayor protección de los votantes y podrían entenderse como una mayor imposición a las personas con mayor capacidad adquisitiva, lo que sí puede tener una acogida política. Siendo así, es recomendable que para los que tengan este tipo de rentas, prevean un probable cambio de reglas tributarias para el 2026 ó 2027.