Hablar del planeamiento tributario es tocar un tema en el que muchas personas tienen preconceptos y en entre otras, parten de errores conceptuales importantes. En esta oportunidad analizaremos un poco la realidad de lo que realmente es el Planeamiento Tributario.
Como se podrá notar, la palabra “Planeamiento Tributario” ya incorpora la propia actividad que supone planear o planificar, que es una actividad humana. Los seres humanos realizamos labores de planeamiento o planeación respecto de cada una de nuestras actividades cotidianas.
Una planificación o planeamiento, que son sinónimos, siempre tienen que ver con un hecho futuro incierto que deseamos realizar. En el caso específico de la planificación tributaria, este conjunto de decisiones o actos que nosotros adoptamos en el futuro tienen que ver justamente con el tema de los tributos. Por lo tanto, la planificación tributaria tiene que ver con decisiones que las personas que somos contribuyentes o pensamos que vamos a serlo decidimos respecto de esos tributos que vamos a realizar en el futuro.
Un planeamiento no necesariamente tiene que ver con la adopción de una estructura extraña que reduzca de manera ilegítima el monto de la obligación tributaria, esta es una forma de planificación, pero no es la única. La planificación tributaria debe ser entendida como un conjunto de decisiones debidamente meditadas para lograr el cumplimiento de nuestras obligaciones tributarias de la manera más eficiente y correcta posible.
Por ejemplo, planificar nuestros tributos significa tener en cuenta los vencimientos impositivos, las obligaciones formales que tenemos, los fondos respecto de los cuales disponemos para pagar los tributos, las formas como el ordenamiento jurídico nos permite conducir nuestros tributos; entre otro tipo de operaciones posibles como revisar si dentro del procedimiento de determinación de nuestras obligaciones que estamos siendo escrupulosos o por el contrario, cometiendo fallas o errores que nos generen luego contingencias de tipo tributario.
Un contribuyente honesto debe planificar sus tributos teniendo en cuenta estos elementos que han sido mencionados. Por lo tanto una planificación no tiene nada de ilegítimo o extraño, debería ser una metodología organizada que todos aquellos que hacemos hechos imponibles debemos tener en cuenta a los efectos de implementar. Cuidar que nuestros tributos estén correctamente determinados, aprovechar las ventajas tributarias que el ordenamiento jurídico nos permite, por ejemplo, obtener exoneraciones, beneficios tributarios, el diferimiento en los tributos de acuerdo a lo que el ordenamiento nos permite; son estrategias de planificación que bien pueden ser adoptadas.
Estas son reflexiones preliminares que llegan a una conclusión. Toda empresa o persona natural que realice hechos imponibles debe realizar una planificación tributaria. No para eludir el pago de los tributos, sino para realizarlos de la forma más correcta y asertiva posible, respetando el ordenamiento jurídico y las ventajas económicas y fiscales que este permite a los contribuyentes.
Asesórese adecuadamente siempre que quieran implementar un planeamiento tributario.