Los últimos días empezaron a llegar cartas inductivas en las que se comunica a las personas naturales sobre el cruce de información sobre rentas de fuente extranjera del ejercicio 2023. Esto es lo que comentamos en las cápsulas en enero, en que comentamos el mismo proceder sobre rentas del 2019 al 2022. Recordemos de qué se trata esto:
- Las personas naturales domiciliadas están obligadas a pagar el IR por sus rentas de fuente mundial, incluyendo las rentas de fuente extranjera (RFE).
- El Perú suscribió el CRS, que le da acceso a la SUNAT a la información automática de entidades financieras de más de 100 jurisdicciones, a partir del ejercicio 2019.
- En diciembre del 2024 se notificaron algunos miles de cartas inductivas por las rentas del 2019 al 2022. Estas cartas cruzaba la declaración jurada de la persona (específicamente las RFE declaradas) con las información remitida por las entidades financieras, que principalmente incluía dos rubros, dentro de estos períodos:
- Rentas, principalmente dividendos, intereses y ganancias realizadas.
Para mayores detalles, ver las cápsulas publicadas este año sobre RFE.
- Como comentamos, estas cartas inductivas son más flexibles que una fiscalización, y no pueden automáticamente convertirse en resoluciones de determinación, pero parte de la presunción de que todo abono proviene de una renta gravada, y la carga de la prueba recae sobre la persona sobre la que se hace este cruce.
- Como era previsible, la SUNAT está extendiendo el cruce de la información recibida ahora al 2023, aplicándose los mismos criterios que indicamos anteriormente.
- Es importante recordar que cuando la SUNAT notificó las cartas inductivas en diciembre de 2024, lo hizo en el buzón de la CLAVE SOL, lo que dio lugar a que muchos contribuyentes (que son personas naturales sin contabilidad) no se enteraran de dicha notificación semanas o, incluso, meses después.
Entonces lo primero que le sugerimos es, revise su CLAVE SOL, y si ha recibido esta carta inductiva, revise qué información hace falta.
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