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GASTOS NO CAUSALES

Picón & Asociados
Mar 14. 2023

Costos de pruebas insuficientes

Faltando un par de semanas para la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta 2022, es recomendable recordar las consecuencias de no poder probar que un gasto o costo es causal.

  1. ¿Qué es un gasto o costo causal?

Es aquél cuya finalidad es el mantenimiento la fuente productora o para la generación de nuevas rentas gravadas. 

  1. ¿Quién tiene la carga de la prueba?

El contribuyente debe probar la causalidad de su gasto o costo.

  1. ¿Qué es lo que debo probar?

El contribuyente debe ser capaz de probar ante la Administración Tributaria, de manera documentada: 

  1. Qué fue lo que adquirió:  Debe acreditar cuál fue el bien o en que consistía el servicio -con la mayor exactitud posible- que adquirió el contribuyente. 

 

Así por ejemplo si la empresa deduce un gasto por locación de servicios, pero no puede acreditar de manera razonable el contenido de dicho servicio, el mismo no podrá ser deducible.

 

Aun cuando la empresa indique que es un “servicio legal”, dependiendo de la cuantía, el detalle de su contenido debe ser probado a la SUNAT.

 

  1. Para qué lo adquirió: Probar que la final de la adquisición fue la generación de nuevas rentas agravadas o el mantenimiento de la fuente. 

Veamos algunos casos en que pudiendo acreditar el contenido de la compra, su destino nos aleja de poder deducirla:

  • Auspicio de un concurso de mascotas por parte de una empresa minera que exporta sus productos.
  • Pasajes y viáticos para el gerente y su familia a Orlando en las vacaciones escolares.
  • Almuerzo un sábado de verano en el Boulevard de Asia.
  • Compra de 2 PlayStation 5 en época navideña sin ningún destino conocido.
  1. ¿Cuánto me cuesta no poder probar que un gasto es causal? 

Si lo declaras como gasto deducible y resulta que la empresa no puede probarlo en la fiscalización:

  1. Aumenta base de Participación de Utilidades de Trabajadores    5 al10%
  2. Aumenta base de Impuesto a la Renta de Tercera Categoría       29.5%
  3. Multa por declarar datos falsos – IR 3a            50% del 29.5%
  4. Pérdida del crédito fiscal                                                                18%
  5. Multa por declarar datos falsos – IGV                                      50% del 18%
  6. Impuesto a la Renta a la Distribución INDIRECTA de utilidades 5%

Es decir, si estamos hablando de un gasto de S/. 10,000 más IGV cuya causalidad no puedo acreditarse ante SUNAT el costo entre participación de utilidades, impuestos y multas sería de S/. 8,575.

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